Modelo 349

Modelo 349

¿Qué es el modelo 349 y quiénes están obligados a presentarlo?

El modelo 349 es un formulario que deben presentar las empresas y autónomos que realizan operaciones comerciales con otros países de la Unión Europea. En este formulario se declaran las operaciones intracomunitarias, es decir, las compras y ventas de bienes y servicios entre empresas de diferentes países de la UE.

¿Cuál es la finalidad del modelo 349 y qué información se debe incluir en él?

La finalidad del modelo 349 es informar a la Agencia Tributaria sobre las operaciones realizadas con otros países de la Unión Europea. En el modelo 349 se debe incluir información detallada sobre las operaciones intracomunitarias realizadas durante el periodo declarado, como el NIF del destinatario, el importe de la operación, la fecha de la operación, entre otros datos. También se deben incluir los datos del declarante y de la persona con quien se relaciona.

¿Cómo se cumplimenta el modelo 349 y qué herramientas están disponibles para ello?

Lo primero que debemos hacer es identificar si estamos obligados a presentar este modelo. Si realizamos operaciones intracomunitarias por un valor superior a 35.000 euros al año, entonces sí estamos obligados a presentarlo.

Una vez que sabemos que debemos presentarlo, lo siguiente es rellenarlo. El modelo 349 consta de varias secciones, pero las más importantes son las que se refieren a las operaciones realizadas y a los datos de los proveedores y adquirentes.

En la sección de operaciones realizadas, debemos indicar el tipo de operación que hemos realizado (transferencia de bienes, devolución de bienes o sustitución del empresario o profesional destinatario de los bienes), la fecha en que se realizó la operación, la base imponible y el país de destino.

En la sección de datos de proveedores y adquirentes, debemos indicar el nombre y la dirección de la empresa con la que hemos realizado la operación, así como su número de identificación fiscal.

Es importante tener en cuenta que si la contraprestación de las operaciones se ha establecido en una unidad de cuenta distinta del euro, la base imponible de las operaciones debe reflejarse en euros con referencia a la fecha del devengo.

Una vez que hemos rellenado todas las secciones del modelo 349, podemos presentarlo de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, necesitaremos un certificado electrónico o utilizar el sistema Cl@ve PIN.

¿Qué plazo hay para presentar el modelo 349 y qué consecuencias tiene su presentación fuera de plazo?

El plazo para presentar el modelo 349 es hasta el día 20 del mes siguiente al periodo al que se refiere la declaración. Por ejemplo, si quieres presentar la declaración correspondiente al mes de enero, tendrás hasta el día 20 de febrero para hacerlo.

Si presentas el modelo 349 fuera de plazo, Hacienda puede imponerte una sanción económica. Esta sanción puede ser de hasta el 1% del importe total de las operaciones intracomunitarias realizadas durante el periodo al que se refiere la declaración, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 6.000 euros.

¿Qué ocurre si se detectan errores en la presentación del modelo 349 y cómo se pueden corregir?

Si se detectan errores en la presentación del modelo 349, el formulario web permitirá presentar solamente los registros correctos de la declaración en la que se han detectado errores. Posteriormente, se puede volver a la declaración, realizar las modificaciones, altas o bajas de registros que correspondan y presentar una nueva declaración, con TODOS los registros que se consideren que debe contener la declaración.

Es recomendable depurar, previamente a la presentación de la declaración, el censo mediante el servicio de Identificación fiscal para evitar errores de identificación.

¿Qué diferencias hay entre el modelo 349 y el modelo 303 de declaración del IVA?

Mientras que el modelo 349 se utiliza para informar sobre operaciones intracomunitarias, el modelo 303 se utiliza para declarar el IVA correspondiente a las operaciones realizadas en España.

¿Cómo afecta el Brexit a la presentación del modelo 349 en operaciones intracomunitarias con Reino Unido?

Como ya sabrás, el Brexit hace referencia a la salida del Reino Unido de la Unión Europea, lo que ha generado algunos cambios en la forma en que se realizan las operaciones comerciales entre los países de la UE y el Reino Unido.

En el caso del modelo 349, que se utiliza para declarar las operaciones intracomunitarias, hay algunas cosas que debemos tener en cuenta. Antes del Brexit, el Reino Unido era considerado un país de la UE a efectos fiscales, lo que significaba que las operaciones comerciales entre el Reino Unido y los países de la UE se declaraban en el modelo 349 como si fueran operaciones intracomunitarias.

Sin embargo, después del Brexit, el Reino Unido ya no es considerado un país de la UE a efectos fiscales, lo que significa que las operaciones comerciales entre el Reino Unido y los países de la UE ya no se declaran en el modelo 349 como si fueran operaciones intracomunitarias. En su lugar, se deben declarar en el modelo 349 como operaciones con terceros países.

Es importante tener en cuenta que esta nueva forma de declarar las operaciones comerciales con el Reino Unido en el modelo 349 solo se aplica a partir del 1 de enero de 2021, fecha en la que se produjo la salida efectiva del Reino Unido de la UE.

¿Cómo se pueden realizar consultas y filtrados en el modelo 349 para una mejor gestión de la información?

Para realizar consultas y filtrados en el modelo 349 y gestionar la información de operaciones intracomunitarias y con terceros países, sigue los siguientes pasos:

  1. Accede al formulario del modelo 349 con certificado, DNIe o Cl@ve PIN del titular o de un autorizado.
  2. Una vez dentro del formulario, accede al apartado “Operaciones intracomunitarias”.
  3. En la botonera del apartado “Operaciones intracomunitarias”, encontrarás la opción “Consultas”. Haz clic en ella.
  4. Se abrirá una nueva ventana donde podrás establecer los criterios de filtrado para realizar la consulta. Puedes filtrar por fecha, NIF, país, tipo de operación, entre otros.
  5. Una vez establecidos los criterios de filtrado, haz clic en “Consultar”.
  6. Se activará una nueva pestaña en la parte inferior llamada “Consulta”, al lado de las pestañas “Apartados” y “Errores” con los resultados obtenidos en función de los criterios de búsqueda establecidos.
  7. La información del registro se extiende en una sola fila a lo ancho del formulario por lo que es necesario utilizar la barra de desplazamiento horizontal para consultar el resto. No obstante, haciendo doble clic sobre cualquiera de los resultados aparece la información del registro en la parte superior del formulario.
  8. Desde la pestaña “Rectificaciones” puedes gestionar los diferentes registros utilizando las funciones disponibles en la parte inferior del formulario.

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