Modelo 233: Declaración de Gastos en Guarderías o Centros de Educación infantil

Modelo 233: Declaración de Gastos en Guarderías o Centros de Educación infantil

Existe un modelo de hacienda que es el Modelo 233 que está pensado para los dueños de guarderías y centros infantiles y en este post, te vamos a explicar que es y para qué sirve este modelo, quiénes están en la obligación de presentarlo, los plazos para presentarlo, así como hemos preparado una guía paso a paso para enseñarte cómo rellenarlo de la forma correcta.

¿Qué es el modelo 233 de Hacienda?

El modelo 233 es un documento con el objetivo de presentar la declaración informativa de los gastos en guarderías y/o centros infantiles, con el objetivo de que los padres y madres de familia puedan beneficiarse de la deducción. Este documento fue aprobado por la Ley 6/2018 de los Presupuestos Generales del Estado.

Gracias a este modelo, las familias que tengan niños menores de 3 años matriculados en centros infantiles puedan optar a una deducción de 1000€ como máximo a la hora de declarar el IRPF.

¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 230?

Como ya hemos mencionado, este modelo lo deben declarar los dueños o personas que estén a cargo de una guardería o centro infantil autorizado, independientemente de si son públicas (presentándolo con su propio NIF y en caso de no disponer de él, del NIF del órgano público que la administra) o privadas (en el caso de las privadas, el modelo se presentará bajo su NIF).

En última instancia, los centros que pertenezcan a un conjunto de centros infantiles, deberán aportar los datos de todos los centros, presentando un solo modelo 233.

¿Cuándo se debe presentar el Modelo 233?

El modelo 233 de Hacienda tiene un plazo para su presentación ante la Agencia Tributaria que aunque en varios casos se ha ampliado el plazo, lo correcto es realizar la declaración durante el período del 1 al 31 de Enero cada año.

Excepciones

Posiblemente te preguntes si hay casos en los que se de la exención de presentar este documento y la respuesta es que si, cuando todas las cantidades sean consideradas como rendimientos de trabajo en especie.

Para que lo entiendas mejor, aquellos locales que han sido habilitados y adaptados por la administración pública para el uso de empresas o servicios, en este caso las guarderías en las que los empleados trabajan de forma gratuita o a un precio inferior al del mercado.

¿Cómo rellenar el Modelo 233?

El modelo 233 de Hacienda se ha de presentar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, a la que puedes acceder haciendo clic en el enlace. A continuación, te vamos a explicar paso a paso como rellenarlo, presta atención:

Datos Personales:

Lo primero que se ha de rellenar son los datos personales de los padres, madres y menores matriculados y para ello hay 3 columnas distintas:

  • La columna M, donde se indicarán todos los datos identificativos de la Madre del menor matriculado.
  • La columna O, en la que se indicarán los datos del otro progenitor (padre).
  • En la columna m, deberás indicar los datos del menor.

También se ha de tener en cuenta que los datos que se introduzcan en este Excel, se deberán aportar de forma individualizada. Por ejemplo, si una misma familia tiene 2 hijos matriculados, se deberán aportar los datos por separado.

Datos fiscales o económicos:

En lo referente a la información económica de las familias, lo único que hace falta indicar es el gasto total por cada menor matriculado, es decir, el cómputo anual. No obstante, es necesario que se deje constancia de como se ha efectuado el pago de la mensualidad, si este ha sido al contado o abonado parcialmente.

Para indicar como se ha abonado el pago, hay varias casillas, una por cada mes y deberás marcarla con una N en caso de que no se haya pagado entera y una S para los que si lo hayan hecho.

Importe subvencionado:

En los casos en los que los centros educativos o guarderías, reciban subvenciones en el período de un año fiscal, se debe dejar constancia de estas, indicando el importe recibido.

Una vez seguidos los pasos que te hemos detallado en los apartados anteriores y cumplimentado el modelo 233, lo único que has de hacer es guardar este como CSV y subir el archivo a la Agencia Tributaria.

¿Qué ocurre en caso de que los menores matriculados cumplan los 3 años?

Cuando los menores matriculados en los centros cumplan los 3 años de edad, se seguirán considerando estos gastos como si fuesen menores hasta llegado el momento de su próxima matriculación.

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