Modelo 347 de Hacienda

Modelo 347 de Hacienda

Si estabas buscando como rellenar el modelo 347, has llegado a la página adecuada ya que aquí vas a descubrir qué es y para que sirve exactamente este documento que se debe presentar ante la agencia tributaria de España. Además vas a descubrir que personas están obligadas a presentarlo y podrás descargarlo desde esta misma página. Sigue leyendo y no pierdas detalle.

¿Qué es y Para qué sirve el modelo 347?

El Modelo 347 de hacienda es el documento que se encarga de declarar las operaciones anuales con terceros y consta de 4 páginas que se han de rellenar y que más abajo te explicaremos como hacerlo de la forma correcta.

¿Cómo descargar el Modelo 347?

Si no encuentras o dispones del modelo 347 de hacienda, ahora puedes descargarlo con un simple clic en el botón de “Descarga” que encontrarás debajo de la previsualización del fichero PDF.

¿Quién tiene la obligación de presentar el modelo 347?

Todas aquellas personas físicas (autónomos) o jurídicas (sociedades, empresas públicas o privadas) que facturen más de 3.005,06€ al año están obligadas a presentar el modelo 347 con el objetivo de declarar sus operaciones con terceras personas físicas o jurídicas.

¿Y quiénes no están obligados?

Ya conoces que personas físicas o jurídicas tienen que presentar obligatoriamente el modelo 347 cada año pero, ¿Podrías estar exento de presentar dicho documento? Sí, hay 5 casos en los que podrías no tener que presentarlo y son los siguientes:

  • Aquellas personas que lleven a cabo una actividad empresarial o profesional, cuya sede, establecimiento permanente o domicilio fiscal esté fuera del país, o aquellas entidades que se encuentren en el régimen de atribución de rentas constituidas en países extranjeros.
  • Aquellas personas físicas y jurídicas con la atribución de rentas en el IRPF, que tributen en el mencionado impuesto siguiendo el método de estimación objetiva y a su vez con el impuesto (IVA) en los regímenes especiales simplificado, de agricultura, ganadería y pesca, excepto las operaciones que conlleven facturas emitidas.
    • Hay que tener en cuenta que los sujetos pasivos que se acojan al régimen simplificado del IVA, deben incluir en la declaración anual de operaciones con terceros, las adquisiciones tanto de bienes como servicios que hayan realizado durante este período que a su vez debieran de reflejarse en el libro del registro de facturas recibidas según dicta el artículo 40.1 del RIVA que se aprobó por el Real Decreto 1624/1992, del 29 de Diciembre.
  • Aquellas personas físicas o jurídicas cuya cuantía de su conjunto de operaciones del período de un año sea inferior a 3.005,06€.
  • Aquellas empresas físicas o jurídicas que hayan realizado únicamente operaciones que no se contempla que deban declararse según lo que dicta el artículo 33.
  • Los tributarios que se contemplan en el artículo 62.6 de la ley de IVA que fue aprobado por el Real Decreto 1624/1992, como aquellos que contempla el artículo 49.5 de este mismo Real Decreto.

¿Cuándo hay que presentar el modelo 347?

El modelo 347 de Hacienda se debe presentar cada año durante el mes de Febrero, se puede entregar durante todo el mes. Aunque si por algún motivo no has podido realizar la declaración en dicho plazo, podrás realizarla en el plazo de 4 días naturales posteriores al último día del mes de Febrero.

¿Qué se debe incluir en el modelo 347?

En este modelo 347, se deben incluir todas aquellas operaciones susceptibles de su declaración, siempre y cuando en su conjunto haya superado la cifra de 3.005,06€, entre estas operaciones se contemplan:

Alquileres

Deberán declararse aquellos alquileres que superen los 3.005,06€ al año y que no retengan IRPF, seas el arrendador o el arrendatario pero, has de saber que si el alquiler retiene impuestos de IRPF, no estás obligado a declarar dichos alquileres.

Subvenciones

Las subvenciones que sean mayores a 3.005,06€ al año son susceptibles de declararse en el modelo 347 de hacienda, la única forma de exención de declarar subvenciones es que en tu caso seas una asociación sin ánimo de lucro, aunque igualmente deberás rellenar y presentar dicho modelo.

Exportaciones

En el modelo 347 se debe dejar constancia de todas las exportaciones que hayas realizado durante el período de un año, sean estas de servicios o de productos.

Operaciones intracomunitarias

Las operaciones intracomunitarias no se deben declarar en el modelo 347 pero, si ante Hacienda con los modelos 303 y 349 (este último se puede presentar mensual, trimestral o anualmente, dependiendo eso sí del importe de las entregas).

Intereses de préstamos

Los intereses que hayas percibido en préstamos durante el período de un año se deben declarar en el modelo 347.

Fundaciones

Las fundaciones también deben declarar las operaciones que realicen en este modelo, tal y como ocurre con las subvenciones.

¿Cómo rellenar el modelo 347?

Este documento conocido como el Modelo 347 de Hacienda o la AEAT, consta de 3 páginas a rellenar y vamos a explicarte paso a paso como hacerlo de la forma correcta, así es que te rogamos prestar mucha atención a esta guía:

Primera Página

Empezando por la primera página, lo que has de hacer es identificarte con tu DNI y la fecha del ejercicio actual (fecha actual en la que rellenas el documento), además deberás cumplimentar los demás apartados:

  • Deberás indicar en primer lugar el NIF de la empresa y el teléfono (si eres una persona física, deberás incluir tu nombre completo).
  • En el apartado siguiente, deberás indicar con una X, si se trata de una declaración complementaria o sustitutiva de otra anterior.
  • En el siguiente apartado, rellenaremos el resumen de las operaciones en las cuatro celdas que tenemos disponibles:
    • En la casilla 1: Se deberá dejar constancia del total de personas o empresas que se detallarán en la declaración (siempre que las operaciones con estos terceros superen la cuantía de 3.005,06€)
    • En la casilla 2: Se debe indicar la cuantía total de las operaciones en su conjunto que detallaremos a lo largo del documento.
    • En la casilla 3: Indica la cantidad exacta de los alquileres de inmuebles que estás pagando.
    • En la casilla 4: Indica la cantidad monetaria exacta de las operaciones de arrendamiento incluyendo el IVA.

Segunda Página

En la segunda página se deberá empezar por indicar los siguientes datos:

  • NIF del declarador.
  • NIF del representante si lo hubiese.
  • Nombre completo o Razón fiscal.
  • Los dos primeros dígitos del código postal de la provincia en la que residas.
  • El país, ya que podrías ser extranjero.
  • Clave de operación: Hay varios tipos.
    • C: Cobros a cuenta de terceros mayores a 300,51€
    • D: Adquisiciones que no tengan relación con la actividad empresarial.
    • E: Subvenciones y ayudas.
    • F: Ventas de agencias de viajes
    • E: Compras de agencias de viajes
  • Operación seguro: Este apartado deberá cumplimentarse en caso de ser una compañía de seguros.
  • Arrendamiento local del negocio: Se deberá indicar con una X, si se trata del alquiler de un local de negocio.
  • Cantidad percibida en efectivo: Se debe dejar constancia de la cuantía total con IVA incluido en caso de que supere los 6000€ por parte del cliente o proveedor y la fecha en la que esta fue percibida.
  • Cuantía total anual de las operaciones con IVA incluido de las operaciones realizas con un cliente o proveedor.
  • Cuantía total anual derivadas de transmisiones de inmuebles sujetos a IVA.

Tercera y última página

En la tercera y última página deberás indicar nuevamente tus datos y los de tu representante si lo hubiese y además cumplimentar los siguientes apartados:

  • Indica el NIF tanto del arrendatario como del representante si lo hubiese.
  • Nombre completo de la persona o denominación de la empresa.
  • Cuantía total anual de la operación a declarar (no te olvides de que la cuantía total, incluye los impuestos) del alquiler.
  • Indica la referencia catastral del local que se presta a dicho alquiler.
  • En el apartado de situación deberás indicar “1” si el local está en España (exceptuando País Vasco y Navarra), “2” si el local se encuentra en País Vasco o Navarra, deberás indicar “3” si dicho local no tiene una referencia catastral y por último deberás indicar “4” si el local está en el extranjero.
  • En último lugar indica la dirección exacta de la localización del local.

Vídeo Explicativo: Cómo rellenar el modelo 347 de Hacienda

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