Modelo 583

Modelo 583

¿Qué es el modelo 583 y quiénes están obligados a presentarlo?

El modelo 583 es un formulario que se utiliza para declarar y pagar el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Están obligados a presentarlo las personas físicas o jurídicas y las entidades que se dedican a la producción de energía eléctrica

¿Cuál es el objetivo del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica?

El objetivo del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica es armonizar el sistema fiscal con los valores de eficiencia energética y respeto con el medioambiente y la sostenibilidad, y para favorecer el equilibrio presupuestario en el marco de la estrategia de integración de las políticas medioambientales.

¿Cómo se calcula la cuota tributaria del modelo 583?

En el caso del modelo 583, la cuota tributaria se calcula aplicando un tipo impositivo del 7% sobre la base imponible.

La base imponible es el resultado de restar a la cantidad total facturada por la producción de energía eléctrica, los costes directamente relacionados con dicha producción. Es decir, se toma el total de ingresos obtenidos por la venta de energía eléctrica y se le restan los costes de producción, como el combustible utilizado para generar la energía.

Una vez obtenida la base imponible, se aplica el tipo impositivo del 7% para calcular la cuota tributaria. Por ejemplo, si la base imponible es de 100.000 euros, la cuota tributaria sería de 7.000 euros (100.000 x 0,07).

¿Cuáles son los plazos de presentación del modelo 583?

Los plazos de presentación del modelo 583 son diferentes dependiendo de si se trata de pagos fraccionados o de una autoliquidación.

Para los pagos fraccionados, que son adelantos de impuestos que se hacen cada tres, seis, nueve y doce meses, los plazos son entre los días 1 y 20 de los meses de mayo, septiembre, noviembre y febrero siguientes a la finalización de cada período, respectivamente.

Para la autoliquidación, que es la declaración de impuestos que se hace al final del año, el plazo es entre los días 1 y 30 del mes de noviembre del año siguiente al del ejercicio de que se trate.

¿Cómo rellenar el modelo 583 de hacienda?

Si no tienes claro como rellenar de la forma adecuada el modelo 583, a continuación te lo explicamos los pasos que debes seguir:

  1. Identificación del declarante: En la parte superior del formulario, deberás indicar tus datos personales o los de tu empresa, como el nombre, NIF, dirección, etc.
  2. Datos de la autoliquidación: En la siguiente sección, tendrás que indicar el período al que corresponde la autoliquidación, es decir, el año natural al que se refiere el impuesto. También deberás indicar la base imponible, que es el valor de la producción de energía eléctrica que has generado durante ese período.
  3. Cálculo de la cuota: Una vez que hayas indicado la base imponible, el formulario calculará automáticamente la cuota a pagar. Esta cuota se calcula aplicando un tipo impositivo del 7% a la base imponible.
  4. Pagos fraccionados: Si has realizado pagos fraccionados durante el año, deberás indicarlos en la siguiente sección del formulario. Para cada uno de los pagos fraccionados, deberás indicar el período al que corresponde y la cantidad pagada.
  5. Total a ingresar: En la última sección del formulario, se indicará el total a ingresar, que es la suma de la cuota y los pagos fraccionados realizados durante el año.
  6. Presentación telemática: Una vez que hayas rellenado el formulario, deberás presentarlo telemáticamente a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, necesitarás disponer de un certificado digital o DNI electrónico.

Sanciones que te pueden imponer por incumplir la presentación de este modelo

Las sanciones por incumplimiento pueden ser de dos tipos: económicas y no económicas. Las sanciones económicas pueden oscilar entre el 1% y el 1,5% del importe de la autoliquidación no presentada, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 6.000 euros. Además, se pueden imponer intereses de demora.

Por otro lado, las sanciones no económicas pueden ser la imposibilidad de obtener certificados o documentos necesarios para el desarrollo de la actividad, la imposibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, o incluso la publicación de la sanción en el Boletín Oficial del Estado.

Normativas reguladoras

Las normativas reguladoras del Modelo 583 son la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y la Orden HAP/2250/2013, de 26 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 583 y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática, así como los plazos de presentación del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.

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