Cada año, las personas naturales y entidades tienen la obligación de hacer declaraciones ante Hacienda. Una de esas declaraciones es el Modelo 200. ¿Sabes si te corresponde cumplir con este deber? En esta guía te explicamos quienes deben hacerlo y, si eres uno de ellos, encontrarás toda la información que necesitas para hacer una presentación exitosa.
¿Qué es el Modelo 200 y para qué sirve?
Si te preguntas qué es el Modelo 200, debes saber que se trata de la declaración del Impuesto sobre Sociedades que se aplica a los beneficios obtenidos por las empresas, asociaciones, fundaciones, fondos de inversión y de pensiones, es decir, personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.
Este impuesto se calcula de forma personal, por lo tanto, se toman en cuenta las circunstancias de cada contribuyente para determinar a cuánto asciende el monto que debe satisfacer.
¿Qué debe declararse en el Modelo 200?
En el Modelo 200 de Hacienda se debe declarar el impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes y puede darse el caso que debes pagar o que se aplique una devolución.
¿Quiénes deben presentar el Modelo 200?
La obligación de presentar el Modelo 200 recae en las siguientes organizaciones y entidades: Sociedades mercantiles, Sociedades de carácter estatal, autonómico, provincial y local, organizaciones de interés económico, Fondos de Inversión mobiliaria, Fondos de Capital Riesgo y Fondos de pensiones.
Sin embargo, con relación a este impuesto existen ciertas excepciones, por ejemplo, no deben pagarlo figuras como las comunidades autónomas. Asimismo, las organizaciones sin fines de lucro, federaciones, sindicatos, colegios profesionales y similares, cuyos ingresos totales al año sean menores a 100.000€
¿Cuándo y dónde se presenta el Modelo 200?
Para saber la fecha en la que se tiene que presentar el Modelo 200, será necesario tener claro el cierre del periodo impositivo. A partir de ese momento, se cuentan 6 meses. En caso de que el ejercicio coincida con el año natural, entonces hay que presentarlo hasta el 25 de julio del siguiente año.
Por lo tanto, no hay fecha específica en la que todos los contribuyentes tengan que llenar el modelo, sino que lo harán de acuerdo con el cierre de su ejercicio económico.
La forma de presentación es exclusivamente electrónica, desde la página de la Agencia Tributaria, por lo tanto, no es posible hacerlo presencialmente.
¿Cómo rellenar el Modelo 200? Instrucciones
En esta sección te dejamos las instrucciones del Modelo 200, es necesario que las sigas una a una para poder llenar con éxito el formato y cumplir así con tus obligaciones tributarias.
Accede a la web
Ya hemos dicho que la presentación del Modelo 200 es de forma electrónica, por ello, debes ingresar al portal de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria siguiendo este enlace. Al entrar, haz clic en Servicio tramitación de declaración.
Para poder acceder es necesario que cuentes en tu navegador con un certificado electrónico aceptado por la Agencia Tributaria, en caso contrario te saldrá un error. También, debes tener DNI, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
Declarante
Lo primero que debes hacer es ingresar tus datos personales, siendo los requeridos tu NIF, razón social y códigos identificativos.
Periodo impositivo y ejercicio
Introduce tanto la fecha de inicio como la de finalización del periodo que vas a declarar. Hay tres opciones en las que debes seleccionar el tipo de ejercicio, estas son:
- Ejercicio de 12 meses que no coincide con el año natural.
- Ejercicio de 12 meses que coincide con el año natural.
- Ejercicio menor a 12 meses.
Código CNAE
En esta sección debes indicar el código de cuatro cifras que corresponde con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas y que se corresponde con la actividad que tenga el mayor volumen de operaciones.
Claves de la declaración
Verás en el formato un conjunto de casillas y deberás marcar con una X aquellas que correspondan. Las claves tienen que ver con el tipo de entidad, régimen, estado de cuentas, número de empleados, entre otros.
Declaración complementaria
Cuando se hace una declaración complementaria, es decir, cuando el fin de la presente es añadir datos a una declaración pasada, será necesario indicar la referencia de esta.
Fecha y firma
Introduce la fecha exacta en la que haces la declaración y firma el documento. Si el formato lo está llenando un representante, será este quien debe firmar.
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Las próximas páginas del documento están destinadas a incluir los saldos de las cuentas principales y las de pérdidas y ganancias.
Liquidación
Aquí debes completar varios segmentos. Empezando por el resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias, donde es posible hacer correcciones, por ejemplo, la compensación por bases imponibles negativas.
A continuación, ingresa el 25% correspondiente a la base imponible x tipo de gravamen. En el caso de empresas nuevas que declaran su primer ejercicio, el porcentaje será del 15%.
Por último, introduce el resto de las deducciones y al final obtendrás la cuota líquida a ingresar o devolver.
Descargar el Modelo 200 en PDF
¿Quieres tener el Modelo 200 en PDF? Si bien su tramitación es electrónica, tener el documento en tu ordenador o imprimirlo, te servirá para hacer un borrador que después pasarás a la web. Así que bájalo haciendo clic en el botón de descarga. Así de fácil.
Errores frecuentes al presentar el Modelo 200
Con las instrucciones del Modelo 200 es sencillo cumplir con su llenado, sin embargo, la primera vez que se hace es común que se cometan ciertos errores. Hablemos de ellos.
El error más frecuente es marcar las casillas erradas cuando se debe introducir el tipo de entidad y el tipo de régimen. Teniendo en cuenta que estas casillas habilitan otras, marcar la errada traerá consigo que se activen otras que quizás no sean las que corresponden a tu caso.
Asimismo, muchos cometen la falla de poner en datos de representantes, socios o administradores, los de quienes ocupaban esos cargos al cierre del ejercicio, sin embargo, lo correcto es consignar los datos de los que los ocupan para el momento de la liquidación.
Normativa del Modelo 200
Esta es la normativa que regula el Modelo 200:
Orden HFP/441/2018, de 26 de abril: se agrega al Modelo 200 una página en la sección de liquidación. El propósito de esto es que se pueda hacer un desglose de las retenciones e ingresos.
Orden HFP/399/2017, de 5 de mayo, Orden HAP/871/2016, de 6 de junio: en su artículo 1 se aprueba el Modelo 200 y otros modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Orden HAP/1294/2013, de 22 de noviembre: se regulan los procedimientos a seguir al presentar varias declaraciones, entre las que está el Modelo 200. Destacando que esta debe hacerse por medios electrónicos.
Orden EHA/1246/2011, de 9 de mayo: aprobación del Modelo 200 para la declaración del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Se incluye además en el anexo 1 el modelo correspondiente a esta declaración.
Preguntas frecuentes
A continuación, respondamos algunas dudas frecuentes sobre el Modelo 200.
¿Qué documentos presentar con el Modelo 200?
En ciertos casos es necesario acompañar la declaración de cierta documentación que sirva para justificar algunas operaciones, por ejemplo, intracomunitarias, fusiones y deducciones. Por otro lado, cuando el resultado de la declaración sea devolver, deberás consignar los datos de tu cuenta corriente.
¿Qué hacer si el resultado es que debes pagar?
Cuando se presenta la declaración del Modelo 200 el resultado puede ser pagar o devolver. En el primer caso, podrás cancelar el importe respectivo en una sucursal física o en línea de tu banco. Por otro lado, también puedes hacer una domiciliación bancaria.
¿Qué diferencia hay entre el Modelo 200 y el 202?
El Modelo 202 va de la mano del 200, por eso, muchas veces se trata ambos en conjunto. Concretamente, el 202 es un formulario que sirve para adelantar una parte del pago presentado en el Modelo 200.
Esta es la principal diferencia pero hay una más. Como dijimos en uno de los apartados anteriores, el Modelo 200 se presenta anualmente, mientras que el 202 se hace tres veces al año. En este sentido, debe pagarse en estas tres fechas: del 1 al 20 de abril, 1 al 20 de octubre y 1 al 20 de diciembre.
A pesar de estas diferencias, también hay algunas similitudes entre estos dos modelos, siendo la más destacada la forma de presentación que es totalmente electrónica.