Modelo 504/505 de Hacienda

Modelo 504/505 de Hacienda

En España existen unos impuestos conocidos como Impuestos Especiales, los cuales contemplan ciertos tipos de operaciones, por ejemplo, la importación de determinados productos desde otros países pertenecientes a la Unión Europea.

Este impuesto especial se presenta mediante el Modelo 504 de la Agencia Tributaria. Pero ¿Quiénes deben presentarlo y cómo debe hacerse este trámite? En esta guía te dejamos las respuestas a estas y otras preguntas. 

¿Qué es y Para qué sirve el Modelo 504/505 de Hacienda?

El Modelo 504 de Hacienda lleva por nombre Recepción de productos sujetos a Impuestos Especiales procedentes de la U.E. para Operadores no Registrados, receptores en el sistema de envíos garantizados y representantes fiscales en el sistema de ventas a distancia.

Este modelo sirve para que el contribuyente realice la solicitud de autorización para recibir en el país productos que procedan de la Unión Europea. 

Concretamente, el Modelo 504 comprende la solicitud de la autorización y el 505 es la autorización ya otorgada. 

¿Quién debe presentar el Modelo 504/505?

El Modelo 504 de la AEAT debe ser llenado por todo aquel receptor autorizado en el sistema de envíos garantizados y por los representantes fiscales

Por lo tanto, si eres uno de ellos y planeas recibir productos desde otro país que pertenezca a la Unión Europea, será necesario que completes ante Hacienda un formulario por cada operación que realices, indicando la cantidad y tipo de productos a importar. 

¿Cómo puedo presentarlo?

Actualmente, la solicitud puede hacerse de forma telemática o presencial. Te explicamos un poco sobre ambas formas. Si decides completar el Modelo 504 de forma electrónica, deberás hacerlo en la página de la Agencia Tributaria. Será necesario que cuentes en tu navegador con un certificado digital admitido por la AEAT y que al ingresar completes todas las casillas del formulario.

En caso de que prefieras hacer el trámite de forma presencial, tendrás que acudir a la oficina gestora que corresponda al lugar donde recibirás los productos o al domicilio fiscal del representante. En este caso tendrás que presentar el formato en papel, para lo cual deberás descargar el Modelo 504 en PDF y llenarlo en su totalidad.

Si haces el procedimiento de esta forma, se revisará tu solicitud y en la oficina gestora te será entregado un ejemplar para tus archivos. 

¿Cuándo se debe presentar? Plazos de Entrega

El plazo de entrega para hacer la solicitud de recepción de productos sujetos a Impuestos Especiales está determinado por el tiempo en el que planeas recibir esos productos. Por lo tanto, debes hacerlo siempre antes de esto. Además, ten en cuenta que una vez aprobado, tiene una vigencia de 6 meses. Por lo tanto, este plazo de medio año te puede servir de guía para presentar la solicitud. 

¿Cómo rellenar el Modelo 504/505? Instrucciones

En esta sección te dejamos las instrucciones detalladas para que puedas llenar el Modelo 504/505 con éxito. Toma nota y cumple de forma efectiva con el trámite.

Entra a la web o imprime el formato

Si estás realizando el llenado del formato en línea, el primer paso será acceder al portal web de la Agencia Tributaria haciendo clic en este enlace. Seguidamente, presiona en Modelo 504-505. Presentación de solicitudes. No olvides que debes tener instalado el certificado digital.

Pero si la solicitud la llevas a cabo de forma presencial, tienes que bajar el Modelo 504 en PDF el cual puedes descargar desde esta misma web. 

Código

Como punto de partida para dar inicio al modelo, debe indicarse el código de la oficina gestora en la que se realiza la gestión. 

Clase de operación

El Modelo 504 debe llenarse en estos casos: Envíos en régimen suspensivo con destino a un operador no registrado, Envíos garantizados con destino a un receptor autorizado o Ventas a distancia. En este caso, tendrás que marcar la casilla que corresponda al tipo de operación específica que estás llevando a cabo. 

Destinatario

En esta sección deben incluirse los datos del destinatario de los productos, es decir, tus datos. Aquí hay dos opciones. Primero, si dispones de una etiqueta identificativa, deberás pegarla en este espacio. Segundo, si no tienes la etiqueta, será necesario que completes los datos solicitados, a saber, NIF, nombre completo o razón social y domicilio fiscal. 

IAE

Si antes marcaste que la clase de operación es envío en régimen suspensivo o envío garantizado, tendrás que acreditar que estás dado de alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas y añadir el correspondiente epígrafe. 

Lugar de recepción de los productos

Si el lugar de recepción es diferente al domicilio fiscal que indicaste en el apartado Destinatario, tendrás que llenar esta sección añadiendo la dirección completa en la que recibirás los productos. 

Proveedor

El proveedor es aquella persona o empresa a la que le compras los productos, teniendo en cuenta que para fines de este modelo debe estar domiciliado en otro país perteneciente a la Unión Europea. 

Aquí deberás completar toda la información solicitada sobre este, es decir, NIF IVA, NIF Impuestos Especiales, apellidos y nombres o razón social y dirección. 

Representante fiscal

Solo si el trámite lo está llevando a cabo un representante del contribuyente es requisito obligatorio suministrar su NIF y Código de Actividad y Establecimiento (CAE).

Descripción de productos

Esta sección del Modelo 504/505 se compone de 5 columnas que debes completar una a una. Te explicamos cuáles son:

Clase de productos: descripción breve de los productos. Si se trata de cervezas se tendrá que especificar su grado alcohólico en caso de que este no sea mayor a 2,8% vol., si es así, se señala el grado Plato. Para otras bebidas alcohólicas deberás señalar su grado alcohólico volumétrico adquirido.

Código epígrafe: este varía según el tipo de producto y lo pondrás dependiendo de lo establecido en el anexo XLIV de la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre. Por eso, debes tenerlo a la mano. 

Código NC: es un código de 8 dígitos según la nomenclatura establecida por el Reglamento (C.E.E.) número 2658 / 87, del Consejo, de 23 de julio de 1987.

Cantidad y unidad: incluye esta información para cada producto. Por ejemplo, si el producto es cigarrillos, la cantidad se expresa en miles de unidades y en una segunda línea se pondrá su valor en euros. 

Valor tabaco: señalar en euros el precio máximo de venta al público en negocios que comercialicen tabaco y timbre y que estén situadas en Península e Illes Balears.

Fecha y firma

Para finalizar el modelo, tendrás que escribir la fecha y firmar el formato. En caso de que el proceso lo esté llevando a cabo un representante, será la firma de esta la que aparecerá. 

Normativa del Modelo 504/505

El Modelo 504/505 está regulado por la siguiente normativa:

Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre: en esta normativa se aprueban varios modelos relacionados con los Impuestos Especiales, entre ellos el Modelo 504. Aquí se especifica la forma de presentar el modelo, además se incluyen anexos importantes que te ayudarán a completarlo, por ejemplo, los epígrafes y códigos para los distintos tipos de productos.

Orden EHA/3363/2010, de 23 de diciembre: esta orden es una modificación de la ya mencionada EHA/3482/2007 y se especifican las condiciones y procedimiento que debe seguirse para presentar varios modelos por vía telemática. 

¿Cómo se puede actualizar una solicitud?

Si has realizado el llenado del formato por vía electrónica, este será el mismo medio que tendrás que usar tanto para consultarla como para actualizarla en caso de que haga falta. Específicamente, tendrás que acceder a este link y elegir la opción Modelo 504-505. Consulta y actualización de solicitudes

A continuación, entra con tu DNI/NIE/Certificado o DNI electrónico, al hacerlo verás tus solicitudes activas y tendrás la posibilidad de verlas o hacer los cambios pertinentes.

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