Modelo 380

Modelo 380

¿Qué es el Modelo 380 y para qué se utiliza?

El Modelo 380 es un formulario que se utiliza para pagar impuestos en España. Específicamente, se utiliza para liquidar impuestos en operaciones que son similares a las importaciones.

¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 380?

Según lo establecido en el artículo 19 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA), este modelo habrá de utilizarse para liquidar, entre otras, las siguientes operaciones (con independencia de quien las realice):

  1. La desafectación de la navegación marítima internacional de los buques que se hubieran beneficiado de la exención del Impuesto en virtud de lo dispuesto en los artículos 22.Uno.1º: entregas interiores y servicios, 26.Uno: adquisiciones intracomunitarias, y 27.2º: importaciones.
  2. La no afectación exclusiva al salvamento, a la asistencia marítima o a la pesca costera de los buques cuya entrega, adquisición intracomunitaria o importación se hubieran beneficiado de la exención del Impuesto.
  3. La desafectación de la navegación aérea internacional de las Compañías que realicen transporte remunerado de mercancías o pasajeros.

¿Cómo rellenar el modelo 380?

Para rellenar el Modelo 380, debes seguir los siguientes pasos:

  • Paso 1: Identificación del declarante En la parte superior del modelo, debemos identificar al declarante, es decir, a la persona o entidad que realiza la declaración. Para ello, debemos indicar el NIF, los apellidos y nombre o razón social, la dirección completa y el teléfono.
  • Paso 2: Identificación del interesado En el siguiente apartado, debemos identificar al interesado, es decir, a la persona o entidad que realiza la operación sujeta a liquidación. Para ello, debemos indicar el NIF, los apellidos y nombre o razón social, la dirección completa y el teléfono.
  • Paso 3: Identificación del representante Si el declarante actúa en representación del interesado, deberá identificar al representante en este apartado. Deberá indicar el NIF, los apellidos y nombre o razón social, la dirección completa y el teléfono.
  • Paso 4: Descripción de la operación En este apartado, debemos describir la operación sujeta a liquidación. Debemos indicar el NRC (Número de Registro de la Comunicación), el tipo de operación, el establecimiento, el régimen, la base imponible, el tipo de IVA y la cuota deducible.
  • Paso 5: Declaración-liquidación En este apartado, debemos calcular la cuota a ingresar restando la cuota deducible de la cuota total. Una vez calculada, debemos indicar el importe ingresado y el modelo utilizado para realizar el ingreso.
  • Paso 6: Firma y presentación Finalmente, debemos firmar y presentar el modelo 380 en la Agencia Tributaria. Recuerda que es importante cumplimentar correctamente todos los apartados y presentar el modelo en plazo para evitar posibles sanciones.

¿Cuál es el plazo para presentar el Modelo 380?

En general, el plazo para presentar esta declaración-liquidación es el mismo que el de presentación del modelo 303 del IVA, es decir, hasta el día 20 del mes siguiente al período de liquidación.

No obstante, si el sujeto pasivo está acogido al régimen especial del grupo de entidades o al régimen especial de las agencias de viajes, el plazo para presentar el Modelo 380 será hasta el día 30 del mes siguiente al período de liquidación.

¿Qué sanciones se aplican en caso de presentar el Modelo 380 fuera de plazo?

La presentación del Modelo 380 fuera de plazo puede ser sancionada con una multa que oscila entre los 150 y los 1.500 euros, según lo establecido en el artículo 198 de la Ley General Tributaria. Además, se pueden aplicar intereses de demora por el retraso en el pago de la deuda tributaria correspondiente.

¿Cómo se puede corregir un error en el Modelo 380 ya presentado?

Si has presentado el Modelo 380 y te has dado cuenta de que has cometido un error, no te preocupes, a continuación, te explicamos cómo hacerlo:

  • Lo primero que debes hacer es presentar una declaración complementaria. Esta declaración tendrá que incluir los datos correctos y los importes correspondientes a los que se refiere la corrección.
  • Para presentar la declaración complementaria, puedes hacerlo de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria, utilizando tu certificado digital o tu DNI electrónico. También puedes presentarla de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.

¿Qué documentación se debe adjuntar al Modelo 380?

No se requiere la presentación de documentación adicional al Modelo 380 al presentarlo de forma electrónica.

¿Cómo se puede presentar el Modelo 380 de forma electrónica?

Para presentar el Modelo 380 de forma electrónica, es necesario contar con un certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Una vez se tenga uno de estos sistemas de identificación, se puede acceder a la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y buscar la opción de “Presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones”.

Una vez dentro de esta opción, se debe seleccionar el modelo 380 y seguir los pasos que se indican en la plataforma. Es importante tener en cuenta que se deberá seguir el modelo aprobado para cada supuesto de declaración-liquidación, y que se deberá cumplimentar los apartados correspondientes según el hecho que se pretenda liquidar.

Instrucciones para la presentación telemática del modelo 380

¿Qué diferencias existen entre el Modelo 380 y el Modelo 303?

El Modelo 380 se utiliza para liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en operaciones asimiladas a importaciones, mientras que el Modelo 303 se utiliza para declarar y liquidar el IVA correspondiente a las operaciones realizadas en el territorio español.

En cuanto a su presentación, ambos modelos se pueden presentar de forma electrónica a través de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), utilizando sistemas de identificación como el certificado electrónico, el DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Es importante destacar que el plazo de presentación del Modelo 303 es mensual, mientras que el Modelo 380 se presenta de forma trimestral.

Normativa reguladora del Modelo 380

La normativa reguladora del Modelo 380 es el artículo 19 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA) y el artículo 71 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (RIVA). También se puede encontrar información adicional en la Orden EHA-1308-2005, por la que se aprueban el formulario 380 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Para obtener más información al respecto, se puede acceder a la página web de la AEAT o consultar con un asesor fiscal.

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