Guía para calcular los intereses de demora
Para calcular los intereses de demora según la fórmula según las directrices de la Agencia Tributaria, deberás tener en cuenta las siguientes pautas):
- Fecha inicial: El plazo comienza al día siguiente al de finalización del plazo voluntario de presentación de la declaración del periodo impositivo en el que se aplicaron los beneficios fiscales que se restituyen. Si se obtuvo una devolución en la declaración, la fecha inicial será el día en que se recibió la devolución.
- Fecha final: El plazo finaliza en la fecha de presentación de la declaración del periodo impositivo en el que se han incumplido las condiciones establecidas para el disfrute del correspondiente beneficio fiscal.
- Cálculo de los intereses: Los intereses de demora se calculan aplicando el tipo de interés de demora vigente en cada uno de los días transcurridos durante el período de demora.
La fórmula matemática que hacienda utiliza para el cálculo de los intereses de demora es la siguiente: Intereses de demora = C x ∑TnxIDn/365(*) x 100
- (*) -> 366 días en el caso de años bisiestos.
- C -> Hace referencia al importe de beneficios a restituir.
- Tn -> Hace referencia a la cantidad de días de demora por año.
- IDn -> Es el porcentaje de interés aplicable y vigente en cada uno de los años comprendidos.
Ejemplo de cálculo de interés de demora
Supongamos que una empresa ha recibido una devolución del impuesto sobre la renta de 10.000 euros correspondiente al ejercicio fiscal 2020. Sin embargo, la empresa descubre más tarde que cometió un error en su declaración y que la devolución fue incorrecta, por lo que debe restituir el monto total.
La empresa presenta una declaración correctiva en el mes de mayo de 2021, pero el plazo límite para presentar la declaración correctiva era el 1 de Enero de 2021. Por lo tanto, la empresa está en demora durante un mes (del 1 de Enero de 2021 al 31 de Enero de 2021).
Aplicando la fórmula:
Intereses de demora = 10.000 x (31 x 3,75%) / 365 = 31,84 euros.
Por lo tanto, la empresa deberá pagar 31,84 euros en intereses de demora por el mes de retraso en la restitución de la devolución del impuesto sobre la renta. Es importante tener en cuenta que este es solo un ejemplo y que el cálculo de intereses de demora puede variar dependiendo de las circunstancias específicas de cada caso.
Calculadoras de intereses de demora
La fórmula podría estar desactualizada con respecto a los años posteriores a 2021, por lo tanto te facilitamos dos calculadoras que la Agencia Tributaria de España pone a tu disposición:
- Calculadora de interés de demora favorable al contribuyente
- Calculadora de interés de demora de deudas tributarias
Sobre el Modelo 200 de Hacienda
Para cumplimentar el modelo 200 en lo que respecta a los intereses de demora, se deben incluir en las casillas correspondientes el importe de los intereses de demora correspondientes a las cantidades que se han restituido en concepto de reintegro por la pérdida de beneficios fiscales aplicados en períodos impositivos anteriores.
Además, en los casos en que la pérdida de beneficios fiscales implique la integración en la base imponible de los beneficios indebidamente percibidos, se debe incluir el importe de los intereses de demora correspondientes a la parte de la cuota derivada de dicha integración.
Obtén más información acerca del modelo 200 de hacienda y como rellenarlo.
¿Cuál es el interés de demora de 2023?
Actualmente el porcentaje de interés de demora es del 4,0625% según la OCU.
Fuentes
- Interés de demora en 2023: https://www.ocu.org/dinero/renta-impuestos/noticias/demora-renta-intereses#:~:text=No%20necesitas%20reclamarlo%3A%20deber%C3%A1n%20incrementar,es%20del%204%2C0625%25.
- Fórmula de intereses de demora según hacienda: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/manual-sociedades-2021/capitulo-6-liquidacion-is-determinacion-tributaria/resultado-autoliquidacion-casillas-01586-01587/intereses-demora.html