Préstamos entre particulares y su implicación con Hacienda

Préstamos entre particulares y su implicación con Hacienda

¿Qué son los préstamos entre particulares?

En el mundo financiero existen muchas formas de obtener financiamiento, y una de ellas son los préstamos entre particulares. Este tipo de préstamos son acuerdos entre dos personas físicas en los que una presta dinero a la otra a cambio de un interés determinado. Sin embargo, en ocasiones, estos préstamos pueden ser objeto de interés para Hacienda, especialmente si se realizan de forma habitual.

En primer lugar, es importante señalar que los préstamos entre particulares no están regulados por una ley específica, lo que significa que la normativa que los regula es la misma que la de cualquier otro préstamo. Por tanto, Hacienda los considera una operación financiera que puede generar ganancias o pérdidas patrimoniales para ambas partes.

Si el préstamo se realiza de forma esporádica y sin ánimo de lucro, es decir, sin intereses, no se considera una operación sujeta a tributación. No obstante, en el momento en que se establece un interés, el prestamista está obligado a declarar los intereses percibidos en su declaración de la renta y tributar por ellos. Por su parte, el prestatario deberá incluir en su declaración de la renta los intereses pagados.

Si el préstamo entre particulares es habitual y con ánimo de lucro, Hacienda lo considera una actividad económica, por lo que se debe tributar por ello como tal. En este caso, el prestamista debe darse de alta como autónomo y tributar por los intereses percibidos como si fuera cualquier otra actividad económica.

Además, en el caso de que el préstamo se formalice por escrito, se debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que grava los documentos notariales y los contratos públicos.

Es importante destacar que, aunque el préstamo no esté formalizado por escrito, la Agencia Tributaria puede considerar que existe un préstamo entre particulares si se acredita la existencia del mismo mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho. Por tanto, siempre es recomendable formalizar el préstamo por escrito para evitar posibles problemas.

¿Por qué se han vuelto tan populares en los últimos años?

Hay varias razones por las que los préstamos entre particulares han sido una opción atractiva para muchos prestatarios en lugar de acudir a bancos tradicionales, puesto que:

  • Los préstamos entre particulares ofrecen una alternativa a los prestatarios que no cumplen con los requisitos de crédito de los bancos tradicionales.
  • Los préstamos entre particulares suelen ser más rápidos y fáciles de obtener que los préstamos tradicionales.
  • Los préstamos entre particulares a menudo ofrecen mejores tasas de interés que los préstamos tradicionales.
  • La tecnología ha hecho que los préstamos entre particulares sean más accesibles que nunca.
  • Los prestatarios obtienen mayores rentabilidades con este tipo de préstamos al tratarse de inversiones con bajas tasas de interés.
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¿Qué normativa regula los préstamos entre particulares en España?

Los préstamos entre particulares se contemplan en el Código Civil en el artículo 1.740 que establece que “quien recibe en préstamo dinero u otra cosa fungible, adquiere su propiedad y debe devolver al acreedor otro tanto de la misma especie y calidad”. Esto significa que cualquier persona tiene derecho a prestar dinero a otra persona, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo en los términos y condiciones del préstamo.

También es importante tener en cuenta que sí están sujetos a regulaciones y leyes específicas que deben ser cumplidas para evitar problemas legales. En concreto, existen dos normativas que regulan los préstamos entre particulares en España:

  1. Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.
  2. La Ley de Regulación del Mercado Hipotecario (Ley 5/2019).

¿Es obligatorio declarar los préstamos entre particulares?

La Agencia Tributaria establece que cualquier préstamo, ya sea entre particulares o entre empresas, debe ser declarado en la Declaración de la Renta del prestatario. Esto significa que, si un particular ha recibido un préstamo de otro particular, debe incluirlo en su declaración de la renta como un ingreso, aunque no se trate de una cantidad fija como ocurre con el salario.

Del mismo modo, el prestamista también debe declarar el préstamo en su Declaración de la Renta, ya que se trata de una ganancia patrimonial. Es decir, si el prestamista ha obtenido intereses por el préstamo, deberá incluirlos como ingresos en su declaración.

Es importante señalar que los intereses obtenidos por los préstamos entre particulares también están sujetos a impuestos. Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los intereses generados por los préstamos deben ser declarados como rendimientos de capital mobiliario.

No obstante, existen excepciones en las que no es obligatorio declarar los préstamos entre particulares. En primer lugar, si el préstamo es entre familiares hasta el segundo grado (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, etc.), no se considera ganancia patrimonial y, por lo tanto, no es necesario declararlo en la Declaración de la Renta.

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Otra excepción es si el préstamo es inferior a 3.000 euros y no genera intereses. En este caso, la Agencia Tributaria no requiere que se declare el préstamo.

En cualquier caso, aunque no se requiera la declaración del préstamo en estos casos, siempre es recomendable hacer un contrato por escrito que refleje las condiciones del préstamo, como la cantidad prestada, el plazo y los intereses, si los hay. De esta forma, se evitan malentendidos y se garantiza la seguridad jurídica de ambas partes.

¿Qué implicaciones fiscales tienen los préstamos entre particulares para el prestamista?

  • En primer lugar, es importante destacar que cualquier ingreso obtenido por el prestamista como resultado del préstamo debe ser declarado en su declaración de impuestos. Esto se aplica tanto si el préstamo se realiza a una persona física como a una entidad. La falta de declaración de este ingreso puede resultar en sanciones y multas por parte de la Agencia Tributaria.
  • Además, el prestamista también debe tener en cuenta que cualquier interés que se genere en el préstamo está sujeto a impuestos. En España, los intereses obtenidos en los préstamos entre particulares se gravan con una tasa del 19%, que debe ser declarada en la declaración de impuestos correspondiente. Es importante tener en cuenta que este impuesto se aplica al interés real obtenido, no al interés nominal acordado en el contrato de préstamo.
  • Otra implicación fiscal importante para el prestamista es el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP y AJD). Si el préstamo se realiza con garantía hipotecaria, el prestamista estará obligado a pagar este impuesto en función del valor de la garantía hipotecaria. Es importante tener en cuenta que este impuesto no se aplica a los préstamos sin garantía hipotecaria.
  • En cuanto a la deducción de gastos, el prestamista no puede deducir los gastos asociados al préstamo, como el coste de la tasación, el notario o la gestoría. Estos gastos deben ser asumidos por el prestamista y no pueden ser deducidos en la declaración de impuestos.

¿Qué implicaciones fiscales tienen los préstamos entre particulares para el prestatario?

A diferencia del prestamista, el prestatario no está obligado a declarar el préstamo en su declaración de la renta. Sin embargo, esto no significa que el préstamo sea completamente libre de impuestos para el prestatario.

En el momento de recibir el préstamo, el prestatario deberá pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD). Este impuesto varía según la comunidad autónoma y la cantidad prestada, y normalmente se sitúa entre el 0,5% y el 1,5% del importe del préstamo.

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Además, el prestatario deberá pagar intereses al prestamista, los cuales se consideran un gasto deducible en la declaración de la renta. Sin embargo, para poder deducir los intereses, el préstamo debe haber sido destinado a actividades económicas, como puede ser la adquisición de un bien o la inversión en un negocio.

En el caso de que el préstamo no esté destinado a actividades económicas, como por ejemplo un préstamo entre amigos o familiares, los intereses no serán deducibles y, por lo tanto, no podrán reducir la base imponible del prestatario.

Si el prestamista es una persona física residente en España y el préstamo está destinado a actividades económicas, el prestatario deberá retener el 19% del importe de los intereses y declarar dicha retención en el modelo 123 de Hacienda.

¿Qué ocurre si no se declaran los préstamos entre particulares?

Si no se declaran los préstamos entre particulares, se estaría incurriendo en una infracción fiscal, que puede ser sancionada por la Agencia Tributaria. Además, se estaría evadiendo el pago de impuestos correspondientes, lo que puede derivar en una deuda tributaria.

En la declaración de la renta, el prestatario debe incluir el préstamo recibido como un aumento de su patrimonio, y el prestamista debe declarar los intereses obtenidos como rendimientos del capital mobiliario.

¿Qué sucede en caso de que haya un impago de un préstamo entre particulares?

Uno de los mayores riesgos que enfrenta el prestamista es el impago. Si el prestatario no cumple con el acuerdo y no devuelve el dinero prestado, ¿qué puede hacer el prestamista? ¿Cómo se puede recuperar el dinero perdido?

La primera opción es llegar a un acuerdo con el prestatario para establecer un plan de pagos y hacer que el reembolso sea más manejable. En muchos casos, los prestatarios no tienen la intención de no pagar, sino que se enfrentan a circunstancias imprevistas que les dificultan el cumplimiento del acuerdo. Si se puede establecer una comunicación clara y honesta con el prestatario, se puede encontrar una solución para evitar llegar a instancias legales.

Sin embargo, si el prestatario se niega a cumplir con el acuerdo o a establecer un plan de pagos, el prestamista puede tomar medidas legales para recuperar el dinero prestado. La primera opción sería presentar una demanda civil para recuperar el dinero adeudado. Esto significa que el prestamista debe contratar a un abogado para presentar la demanda ante un tribunal y seguir el proceso legal.

Si el tribunal falla a favor del prestamista, el prestatario deberá pagar la cantidad adeudada, incluyendo los costos legales. En algunos casos, el tribunal puede ordenar la incautación de bienes del prestatario para pagar la deuda.

Otra opción es contratar a una empresa de cobro de deudas. Estas empresas tienen experiencia en tratar con prestatarios que se niegan a pagar y pueden negociar con ellos para establecer un plan de pagos. Aunque esta opción puede ser más rápida y efectiva que presentar una demanda, también puede ser más costosa debido a las tarifas que cobran estas empresas.

Jorge Hudson Narváez

Miguel Casanueva Domínguez

  • - Especialista en el sector tributario y Hacienda con más de 15 años de experiencia

  • - Co-fundador de Modeloshacienda.com el blog que ayuda a las personas a que cumplan sus obligaciones tributarias.

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