¿Hacienda te ha embargado sin notificarte?

¿Hacienda te ha embargado sin notificarte?

¿Sabías que Hacienda puede embargar tus cuentas sin previo aviso? Si te encuentras en esta situación, no te preocupes, porque en este artículo te contamos todo lo que necesitas saber para defenderte ante este tipo de embargos. Aprende a revisar las notificaciones de Hacienda y a reclamar tus derechos.

¿Cómo puedo saber si Hacienda intentó notificarme antes de embargar mis cuentas?

Lo primero que debes hacer es acudir a Hacienda y exigir que te entreguen la información necesaria para entender lo que está pasando. En particular, debes verificar si las notificaciones que Hacienda realizó fueron correctamente realizadas.

Pide a Hacienda que te muestren la firmeza de las liquidaciones. Esto significa que ya no podrás recurrir contra ellas, pero puedes comprobar si las notificaciones se realizaron de forma correcta.

También deberás revisar el expediente para verificar si Hacienda intentó notificarte en tu domicilio fiscal y si los servicios de correos dejaron los correspondientes avisos de llegada en tu buzón. Si no se cumplieron estos requisitos en la liquidación inicial, tendrás la posibilidad de reclamar contra ella. Si se trata de un apremio, también podrás recurrir por falta de notificación.

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¿Qué debes hacer?

Es posible que te preguntes, sobre como actuar si desde la Agencia Tributaria no te han notificado ni la liquidación ni la providencia de apremio y aunque te recomendamos que te busques un abogado especialista en el ámbito, tienes que recurrir la diligencia de embargo por falta de notificación de la providencia. Si lo anulan, Hacienda te notificará de nuevo el apremio, que también tendrás que recurrir. Si este último recurso lo estiman, podrás recurrir finalmente la liquidación.

Si no quieres pasar por ese camino lleno de curvas, hay un atajo que puedes tomar, pero que tiene sus riesgos. Consiste en recurrir directamente la liquidación, aunque haya pasado el plazo para hacerlo. Pero, ojo, que la notificación mal hecha o defectuosa no tiene efecto hasta que tú, como contribuyente, demuestres haberla conocido. Por eso, la notificación del embargo es el único acto que te habría permitido conocer la existencia de la liquidación, y el momento en que ésta empezaría a correr.

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Si reconocen la improcedencia de la notificación, el órgano encargado del recurso ya puede decidir sobre el fondo del asunto y los motivos alegados. Pero el riesgo es que la Administración no admita el recurso por estar fuera de plazo, si considera que la notificación fue recibida correctamente o que ya conocías su existencia antes del embargo.

Jorge Hudson Narváez

Miguel Casanueva Domínguez

  • - Especialista en el sector tributario y Hacienda con más de 15 años de experiencia

  • - Co-fundador de Modeloshacienda.com el blog que ayuda a las personas a que cumplan sus obligaciones tributarias.

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